Art. 39
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 39

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En vigor desde 8 feb 2019
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias podrá efectuar convocatorias de carácter autonómico para otorgar distinciones, premios, trofeos o ayudas a actividades, personas o entidades particularmente cualificadas en la promoción del deporte canario. Reglamentariamente se podrán establecer las condiciones de su otorgamiento y aplicación.
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