Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Elementos del tributo
Art. 111
111 / 139En vigor desde 22 may 2019
1. El periodo impositivo coincidirá con el año natural.
2. El devengo se producirá el último día del periodo impositivo.
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Proeli/es-ga/l/2019/04/22/1#art-111