Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional cuarta
62 / 67En vigor desde 24 jul 2019
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo normativo y para la ejecución de esta ley.
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Proeli/es-ex/l/2019/01/21/1#disposicion-adicional-cuarta