Art. 23
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.ª Medidas cautelares

Art. 23

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En vigor desde 13 mar 2019
El demandado podrá solicitar la sustitución de la efectividad de las medidas cautelares acordadas por la prestación por su parte de una caución suficiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley de Patentes y en los artículos 746 y 747 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Como excepción, en ningún caso se admitirá que el demandado sustituya por caución las medidas cautelares dirigidas a evitar la revelación de secretos empresariales.
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eli/es/l/2019/02/20/1#art-23