Título TÍTULO II
Art. Disposición final única
34 / 34En vigor desde 26 feb 2019
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria».
Palacio del Gobierno de Cantabria, 14 de febrero de 2019.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roíz.
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