Título TÍTULO IV
Art. 54
54 / 71En vigor desde 9 mar 2019
Entre las funciones del Consejo de la Memoria Democrática del Principado de Asturias figurará la elaboración de un informe anual sobre el cumplimiento y desarrollo de la presente Ley, así como del cumplimiento y desarrollo en el territorio del Principado de Asturias de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, o cualquier otra ley de carácter estatal que la modifique o sustituya en el futuro.
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Proeli/es-as/l/2019/03/01/1#art-54