Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 42
42 / 71En vigor desde 9 mar 2019
La Administración del Principado de Asturias, en el ámbito competencial que le corresponda, velará para que los medios audiovisuales cumplan sus obligaciones, adoptando las medidas que procedan para asegurar un tratamiento de las víctimas del Franquismo conforme con los principios y valores democráticos, sin perjuicio de las posibles actuaciones que puedan adoptar otras entidades.
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Proeli/es-as/l/2019/03/01/1#art-42