Art. 26
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

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En vigor desde 9 mar 2019
Se velará, en cualquier ámbito de actuación de la Administración del Principado de Asturias, por destacar la presencia protocolaria y el reconocimiento social de las víctimas del Franquismo en todos los actos institucionales que les afecten.
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