Art. 11
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 1 jun 2025
La Dirección será nombrada y cesada por decreto del Consell, a propuesta de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de cultura, oído el Consejo Rector. La selección atenderá a principios de mérito y capacidad y criterios de idoneidad. Se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. La Gerencia será nombrada y cesada por decreto del Consell, a propuesta de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de cultura. La selección atenderá a principios de mérito y capacidad y criterios de idoneidad. Se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. Se modifica por el art. 346 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959 Se modifica por el art. 112 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a1-24

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Pro

eli/es-vc/l/2018/02/09/1#art-11