Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 22 feb 2018
1. La Mesa del Diálogo Social será presidida por el titular del departamento del Gobierno de Aragón competente en materia laboral y tendrá como vocales un representante con el máximo rango de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Aragón. 2. La Mesa del Diálogo Social estará asistida por un/a secretario/a, que participará en las reuniones con voz pero sin voto.
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