Art. 33
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 33

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En vigor desde 23 dic 2022
1. Los Cuerpos de policía local se estructurarán en las siguientes escalas y categorías: a) Escala técnica, que comprende las categorías siguientes: 1.º Comisario o Comisaria General. 2. o Comisario o Comisaria Principal. 3. o Comisario o Comisaria. Las categorías de Comisario o Comisaria General, Comisario o Comisaria Principal y Comisario o Comisaria se clasifican en el Subgrupo A1. b) Escala ejecutiva, que comprende las categorías siguientes: 1.º Inspector o Inspectora. 2.º Subinspector o Subinspectora. Las categorías de Inspector o Inspectora y Subinspector o Subinspectora se clasifican en el Subgrupo A-2. c) Escala básica, que comprenden las siguientes categorías: 1.º Oficial. 2.º Policía. Las categorías de Oficial y Policía se clasifican en el Subgrupo C-1. 2. El acceso para cada una de las escalas exigirá estar en posesión de la titulación requerida para los subgrupos correspondientes por la vigente legislación sobre Función pública. Se modifica la letra a) del apartado 1 por el .10 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-7343

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