Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 6 abr 2017
La consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural aprobará mediante orden el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto, que será elaborado por la citada consejería con la participación de las entidades locales afectadas y del patronato del parque natural.
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