Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 34En vigor desde 9 feb 2017
Se crea la Agencia Valenciana de la Innovación (en adelante la Agencia) como entidad de derecho público de la Generalitat, de las previstas por el artículo 155.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, facultada para ejercer potestades administrativas y realizar actividades prestacionales y de fomento destinadas al desarrollo de las políticas públicas que la administración de la Generalitat aplique para el fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación (en adelante SVI).
La Agencia se rige por el derecho privado excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, el ejercicio de las potestades administrativas que tenga atribuidas y en los aspectos específicamente regulados por la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, sus estatutos y la legislación presupuestaria.
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Proeli/es-vc/l/2017/02/01/1#art-1