Art. 44
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 44

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En vigor desde 14 abr 2016
Se prohíbe en todos los medios de comunicación editados en la Comunidad Autónoma de Euskadi la emisión de programas o imágenes en los que las personas que presenten, las que son entrevistadas, las que colaboran o las que asisten como invitadas, aparezcan utilizando los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina o mencionen o muestren, directa o indirectamente, marcas, nombres comerciales, logotipos y otros signos identificativos o asociados a tales artículos.
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