Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

16 / 18
En vigor desde 9 abr 2016
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley se procederá a la aprobación de un reglamento de funcionamiento interno del Consejo Riojano del Diálogo Social.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2016/04/04/1#disposicion-final-primera