Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
4 / 18En vigor desde 9 abr 2016
1. El Consejo es el órgano institucional permanente de encuentro entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma, como un instrumento de buena gobernanza para el fortalecimiento, a través del diálogo social, de la cohesión social y el progreso económico en La Rioja.
2. El Consejo actúa, en el ejercicio de sus funciones, con plena independencia y sometimiento al ordenamiento jurídico.
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Proeli/es-ri/l/2016/04/04/1#art-4