Art. 11
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 11

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En vigor desde 9 abr 2016
Se reconoce a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas una singular posición jurídica a efectos de participación institucional respecto a materias económicas y sociales y a todas aquellas de interés general para la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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