Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional décimo cuarta
196 / 211En vigor desde 1 ene 2024
La intervención de los gastos extrapresupuestarios, se realizará una vez examinada la documentación justificativa, en el momento de la contabilización.
Se añade por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2015/02/06/1#disposicion-adicional-decimo-cuarta