Art. 88
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Art. 88

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En vigor desde 14 feb 2015
El Consejo General de Arán debe promover la implicación de los ciudadanos en todos los asuntos de gobierno que impliquen al territorio de Arán y debe desempeñar los instrumentos necesarios para el fomento de la participación ciudadana en los distintos ámbitos competenciales que le atribuye la presente ley.
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