Art. 53
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 53

53 / 110
En vigor desde 14 feb 2015
1. Corresponden al Consejo General de Arán las facultades que la legislación de la Generalidad atribuye a los consejos comarcales y a los órganos creados por la normativa que establece la división territorial de Cataluña con relación a las actividades y los servicios de competencia municipal, la asistencia a los municipios y la cooperación con estos. 2. Corresponden al Consejo General de Arán las competencias y facultades que la legislación catalana de régimen local atribuye al Gobierno y a la Administración de la Generalidad en materia de denominación, símbolos y territorio de los municipios araneses.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2015/02/05/1#art-53