Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 26 mar 2015
Queda derogado el artículo 97 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1991, así como todas las disposiciones del mismo o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta Ley.
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