Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 23 mar 2015
Se modifica el artículo 59 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, quedando como sigue: «Artículo 59. Del voluntariado. 1. La Comunidad de Madrid fomentará el voluntariado activo en el ámbito de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid. De manera particular, promoverá el voluntariado de personas con discapacidad, facilitando su actividad en proyectos de voluntariado. 2. El régimen jurídico aplicable a los voluntarios y a las entidades de voluntariado será el establecido por la legislación vigente en materia de voluntariado de la Comunidad de Madrid».
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