Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición derogatoria única
23 / 26En vigor desde 23 mar 2015
Queda derogada la Ley 3/1994, de 19 de mayo, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid, entendiéndose que las referencias hechas a la misma en otras disposiciones normativas lo son, a partir de su entrada en vigor, a la presente ley. Asimismo, se entenderán derogadas las demás normas de igual o inferior rango, en cuanto contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2015/02/24/1#disposicion-derogatoria-unica