Art. Disposición transitoria séptima
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria séptima

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En vigor desde 26 mar 2015
Hasta la aprobación, mediante la correspondiente disposición reglamentaria, del Plan de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de La Rioja, no serán preceptivas las revisiones generales de las instalaciones deportivas.
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