Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Disposiciones comunes
Art. 84
84 / 218En vigor desde 26 mar 2015
Las federaciones deportivas riojanas regularán su estructura interna y su funcionamiento de acuerdo con los principios de representación y participación democrática, y se regirán por la presente ley, por sus normas de desarrollo, sus propios estatutos y reglamentos y por las demás disposiciones que resulten de aplicación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-84