Art. 58
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 7.ª Deporte de especial arraigo en La Rioja

Art. 58

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En vigor desde 26 mar 2015
El Gobierno de La Rioja tiene como una de sus líneas generales de actuación la defensa y apoyo a la modalidad deportiva de la pelota como deporte tradicional de gran arraigo en La Rioja.
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