Art. 53
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Deporte en edad escolar

Art. 53

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En vigor desde 26 mar 2015
1. Las asociaciones de padres y madres de alumnos, por propia iniciativa o en colaboración con las entidades deportivas riojanas, incentivarán la organización de actividades y competiciones deportivas dentro de su ámbito de actuación, pudiendo percibir las ayudas materiales y económicas que, en su caso, se establezcan, así como la colaboración del profesorado del centro. 2. El Gobierno de La Rioja distinguirá, en la forma que se establezca reglamentariamente, a los centros docentes que realicen proyectos deportivos que promuevan el ejercicio físico y el deporte tanto dentro como fuera del horario lectivo.
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