Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Ámbitos de actuación
Art. 43
43 / 218En vigor desde 26 mar 2015
1. Los ámbitos del deporte se extienden, atendiendo a los diferentes colectivos que participan de la práctica deportiva, sobre las áreas de actuación siguientes:
Deporte federado.
Deporte en edad escolar.
Deporte universitario.
Deporte organizado no federado.
Ejercicio físico y deporte de recreación y ocio.
Deportes de especial arraigo en La Rioja.
2. La consejería competente en materia deportiva colaborará con las federaciones deportivas riojanas y con el resto de colectivos del deporte en el desarrollo de los programas y acciones conducentes al cumplimiento de los objetivos generales y específicos de cada área, ateniéndose a los principios rectores definidos en esta ley.
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Proeli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-43