Art. 43
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Ámbitos de actuación

Art. 43

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En vigor desde 26 mar 2015
1. Los ámbitos del deporte se extienden, atendiendo a los diferentes colectivos que participan de la práctica deportiva, sobre las áreas de actuación siguientes: Deporte federado. Deporte en edad escolar. Deporte universitario. Deporte organizado no federado. Ejercicio físico y deporte de recreación y ocio. Deportes de especial arraigo en La Rioja. 2. La consejería competente en materia deportiva colaborará con las federaciones deportivas riojanas y con el resto de colectivos del deporte en el desarrollo de los programas y acciones conducentes al cumplimiento de los objetivos generales y específicos de cada área, ateniéndose a los principios rectores definidos en esta ley.
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