Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 198
198 / 218En vigor desde 26 mar 2015
Los hechos constatados por los inspectores deportivos, observando los requisitos legales pertinentes, se presumen ciertos, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar los interesados en defensa de sus derechos e intereses.
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Proeli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-198