Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 129
129 / 218En vigor desde 26 mar 2015
Las administraciones públicas y los poderes adjudicadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en los procedimientos de adjudicación y ejecución de contratos públicos de obras, suministros y servicios cuyo objeto tenga vinculación con el ámbito deportivo, incorporarán en sus pliegos de contratación cláusulas sociales relacionadas con el apoyo al ejercicio físico y al deporte, que en todo caso estarán adecuadas a lo dispuesto en la normativa general que regula la contratación pública.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-129