Art. 128
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 128

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En vigor desde 26 mar 2015
El Gobierno de La Rioja promoverá el favorecimiento y apoyo de medidas tendentes a la incentivación de aportaciones del sector privado destinadas al desarrollo de deporte en nuestra comunidad.
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eli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-128