Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional tercera
105 / 123En vigor desde 14 abr 2015
Las competencias atribuidas en la presente ley al departamento competente en materia de caza o al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental podrán ser modificadas mediante decreto del Gobierno de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/12/1#disposicion-adicional-tercera