Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 95
95 / 123En vigor desde 14 abr 2015
La propuesta de resolución deberá contener, al menos, los siguientes pronunciamientos:
a) Exposición de los hechos y datos del denunciado.
b) Calificación legal de la infracción.
c) Circunstancias atenuantes o agravantes.
d) Determinación y tasación de los daños con especificación de las personas o entidades perjudicadas.
e) Armas ocupadas y su depósito y procedencia o no de su devolución inmediata.
f) Artes, animales u otros medios de caza ocupados y su depósito.
Si se tratase de perros, aves de presa, hurones o reclamos, propuesta de devolución de los mismos al infractor con determinación de la fianza que deba depositar en tanto se resuelva definitivamente el procedimiento, que nunca podrá ser superior a la cuantía de la multa que pudiera corresponder por la infracción cometida.
g) Sanción procedente con determinación de si conlleva privación de la licencia de caza o inhabilitación para obtenerla.
h) Vía de recurso.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/12/1#art-95