Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 36
36 / 123En vigor desde 14 abr 2015
1. El departamento competente en materia de caza y las entidades colaboradoras en materia de caza fomentarán la educación cinegética, el respeto y conservación del medio ambiente, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.
2. El Gobierno de Aragón promoverá convenios con otras Administraciones públicas y entidades colaboradoras con fines de educación cinegética y medioambiental.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/12/1#art-36