Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 47En vigor desde 15 mar 2015
La presente ley tiene por objeto regular el Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. Se trata de un Servicio Social Especializado, dependiente de la Consejería competente en materia de familia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y cuyo régimen de funcionamiento será objeto de regulación por la norma reglamentaria que desarrolle la presente ley.
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Proeli/es-cm/l/2015/02/12/1#art-1