Art. 23
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 23

Derogado25 / 76
En vigor desde 12 feb 2015
1. Los empresarios dedicados a la reventa de bienes muebles usados, cuyas adquisiciones hayan de tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados deberán presentar una declaración informativa de las adquisiciones de bienes realizadas. 2. Mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de hacienda se determinarán los modelos de declaración y plazos de presentación, el contenido de la información que ha de remitirse, así como las condiciones en que ha de ser remitida.
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eli/es-ex/l/2015/02/10/1#art-23