Art. 25
Título TÍTULO IV

Art. 25

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En vigor desde 6 mar 2014
El Comité Econòmic i Social elaborará su propio Reglamento de Organización y Funcionamiento, y lo elevará al Consell para su aprobación mediante decreto. Así mismo, la institución propondrá al Consell la aprobación por decreto de las modificaciones de dicho reglamento que estime oportunas.
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