Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria tercera
42 / 45En vigor desde 1 nov 2014
En tanto no se desarrolle reglamentariamente la presente ley, permanecerán en vigor, en todo lo que no se oponga a la misma:
a) El Decreto 129/1999, de 23 de febrero, por el que se regula la declaración y registro de las actividades y los derechos y bienes patrimoniales de los miembros del Gobierno, altos cargos de la Administración y directivos de los entes públicos de derecho privado y de las sociedades públicas.
b) El Decreto 130/1999, de 23 de febrero, por el que se regula el estatuto del personal directivo de los entes públicos de derecho privado y de las sociedades públicas.
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Proeli/es-pv/l/2014/06/26/1#disposicion-transitoria-tercera