Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional sexta
39 / 45En vigor desde 1 nov 2014
Se modifica el apartado e) del artículo 83 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, que queda redactado como sigue:
«e) La publicación o utilización indebida de secretos oficiales, declarados así por ley o clasificados como tales, así como el incumplimiento del deber de guardar secreto respecto de los datos e informaciones que conozcan en el ejercicio de sus funciones desempeñadas en el órgano al que se refiere el artículo 24 de la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos, y en el Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales, establecido en la legislación en materia de incompatibilidades de los cargos públicos.»
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Proeli/es-pv/l/2014/06/26/1#disposicion-adicional-sexta