Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
17 / 20En vigor desde 30 jul 2014
Se modifica el apartado tercero del artículo 33 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente forma:
«3. Las comisiones estarán integradas por los miembros de la Corporación designados por los distintos grupos políticos de forma proporcional a su representatividad en el Pleno, y por los Concejales no adscritos, sin que estos últimos tengan más representación de la que les hubiera correspondido de permanecer en el grupo de procedencia.»
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Proeli/es-md/l/2014/07/25/1#disposicion-final-primera