Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
16 / 20En vigor desde 30 jul 2014
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente ley.
2. En particular, quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El artículo 56 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
b) Las referencias a la sociedad mercantil Parque Científico-Tecnológico de la Universidad de Alcalá, Sociedad Anónima, contenidas en la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas y en la disposición adicional tercera de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2014/07/25/1#disposicion-derogatoria-unica