Art. Disposición final primera
6 / 9En vigor desde 10 jun 2014
La Consejería competente en materia de hacienda autorizará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2014/04/24/1#disposicion-final-primera