Art. 26
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 26

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En vigor desde 1 may 2014
La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión del impuesto se efectuarán con arreglo a lo dispuesto en esta ley, en sus normas de desarrollo y en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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