Art. 38
Título TÍTULO VI

Art. 38

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En vigor desde 22 mar 2013
El personal laboral de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento queda sujeto al régimen disciplinario establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público y en las normas que lo desarrollen, así como en sus respectivos convenios colectivos.
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