Art. Disposición transitoria
Título TÍTULO II

Art. Disposición transitoria

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En vigor desde 1 jun 2013
Hasta la suscripción de un convenio colectivo del SEPA, al personal propio del mismo le serán de aplicación los convenios colectivos vigentes en las entidades públicas 112 Asturias y Bomberos del Principado de Asturias.
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