Art. 3
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 3

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En vigor desde 1 jun 2013
Se crea el organismo autónomo Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), como organismo gestor de los servicios de atención de llamadas de urgencia y emergencia a través del número 112, de protección civil y de extinción de incendios y salvamentos, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
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