Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
11 / 14En vigor desde 28 mar 2013
La presente ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de urbanismo y comercio interior, previstas en el artículo 31.1.2ª y 11ª, respectivamente, de su Estatuto de Autonomía; así como de la competencia prevista en el artículo 32.1 del Estatuto de Autonomía sobre desarrollo legislativo y la ejecución sobre Régimen Local, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca.
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Proeli/es-cm/l/2013/03/21/1#disposicion-final-primera