Art. Disposición adicional séptima
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª De los bienes no ocupados por terceras personas propiedad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 22 feb 2011
La selección y acceso del personal de los entes instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos 70, 74, 77 y 78 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se efectuará mediante convocatoria pública en medios oficiales y con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
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