Art. 23
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 26 mar 2011
1. Los convenios que se celebren con las universidades públicas tratarán de concretar las actuaciones necesarias para el fomento de la calidad docente, la investigación y la participación de las mismas en el desarrollo cultural, económico y social de Aragón. 2. A través de los correspondientes convenios, la Comunidad Autónoma establecerá las relaciones que el sistema universitario de Aragón formalice con los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
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eli/es-ar/l/2011/02/10/1#art-23