Art. 23
Título TÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 20 mar 2010
La Administración de la Junta de Andalucía establecerá, en la forma que se determine reglamentariamente, un sistema de ayudas a los ayuntamientos para la elaboración, aprobación y revisión de los planes municipales de vivienda y suelo, así como para la creación y el mantenimiento de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida.
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eli/es-an/l/2010/03/08/1#art-23